La falta de atención a un requerimiento lleva a archivar la reclamación

La falta de atención por el solicitante de un aplazamiento o fraccionamiento de la deuda tributaria del requerimiento de información o documentación en un periodo de diez días, determina de forma automática el archivo de la solicitud, según establece el Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC), de 29 de septiembre de 2016.

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http://www.eleconomista.es/legislacion/noticias/7913363/10/16/La-falta-de-atencion-a-un-requerimiento-lleva-a-archivar-la-reclamacion.html

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